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Artículo XII. El Arrepentimiento

Respecto al arrepentimiento se enseña que quienes han pecado después del bautismo pueden obtener el perdón de los pecados toda vez que se arrepientan y que la iglesia no debe negarles la absolución. Propiamente dicho, el arrepentimiento no es otra cosa que contrición y dolor o terror a causa del pecado y, sin embargo, a la vez creer en el evangelio y la absolución, es decir, que el pecado ha sido perdonado y que por Cristo se ha obtenido la gracia. Esta fe, a su vez consuela el corazón y lo apacigua. Después deben seguir la corrección y el abandono del pecado, pues éstos deben ser los frutos del arrepentimiento de que habla Juan en Mat. 3: 8: “Haced frutos dignos del arrepentimiento”. Se rechaza a los que enseñan que quienes una vez se convirtieron ya no pueden caer.

Por otro lado se rechaza también a los novacianos, que negaban la absolución a los que habían pecado después del bautismo.

También se rechaza a los que enseñan que no se obtiene el perdón de los pecados por la fe, sino mediante nuestra reparación.

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